miércoles, 4 de abril de 2012



Hidroaysén: El Quilombo interminable. 

O cómo un Magistrado puede ser, a la vez, Juez y Parte en un litigio.


“Una falacia lógica es una proposición presentada como verdadera en una afirmación, pero que sólo lo es aparentemente”.

Las falacias lógicas son utilizadas comúnmente para justificar argumentos o posturas que no son justificables utilizando la razón. Suelen enmascarar engaños, falsedades, o estafas. Saber reconocer las falacias lógicas es de gran ayuda para no ser engañado.”

Comúnmente olvidamos que la ética y los valores son instrumentos al servicio de la construcción de la persona y no son –nunca deben serlo- fines en sí mismos. Se me viene a la mente un dicho muy chileno que habla de “irse por la tangente”, es decir quietarle el cuerpo a algo que nos incomoda o afecta cuando somos interrogados por nuestros actos y damos una respuesta evasiva o derechamente falsa. Así me suena la respuesta dada por la Corte Suprema en el caso del Magistrado Sr. Pierry.

Magistrado Pedro Pierry Arrau.
La controversia y la molestia pública se instalaron por el reciente fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema de Justicia en la cual se veía la Apelación de particulares al fallo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en el caso Hidroaysén. En una de las últimas instancias judiciales y en un fallo dividido (3-2) votaron en contra de ENDESA, los magistrados  Sonia Araneda y Haroldo Brito y los jueces María Eugenia Sandoval, Héctor Carreño, y Pedro Pierry rechazaron los recursos favoreciendo con su fallo a la empresa eléctrica. El Magistrado Sr. Perry ante las consultas de la prensa emitió una declaración pública en la que señala no haber causales para que se inhabilitara en este caso. (http://www.poderjudicial.cl/modulos/Home/Noticias/PRE_txtnews.php?cod=3792&opc_menu=&opc_item=)

Este litigio y la actuación de uno de los magistrados que definió la controversia, nos permite sacar algunas conclusiones, no tan felices, respecto de cómo operan las instituciones en nuestro país. Muchas, verdaderamente no pocas veces, escuchamos la queja de los ciudadanos respecto de que muchas instituciones y sus determinaciones no pasan la prueba de la blancura. No repetiré los reclamos de organizaciones ambientalistas respecto de lo poco transparente y –en su opinión- muchas veces ilegal manera como se ha ido dando el proceso de evaluación del proyecto de Endesa.

Hidroaysén es, según sus propios propulsores, un proyecto que consiste en la construcción y operación de cinco centrales hidroeléctricas, dos en el río Baker y tres en el río Pascua, ubicadas en la XI Región de Chile. Con una superficie total de  5.910 hectáreas, que equivale al 0.05% de la Región de Aysén, el complejo hidroeléctrico aportaría 2.750 MW al Sistema Interconectado Central (SIC) con una capacidad de generación media anual de 18.430 GWh. (http://www.hidroaysen.cl/)

Los ríos Baker y Pascua partes centrales el polémico proyecto.
Ante esta iniciativa se han elevado voces disidentes y sus reclamos al parecer no han sido considerados por lo que algunos de los reclamantes han optado por la vía judicial para proteger sus derechos e intereses. En este punto no es malo recordar que cuando entre particulares surgen pendencias y no es posible que ellos se pongan de acuerdo, acuden a un tercero para que dilucide cuál de las partes en conflicto tiene la razón. A estas alturas aparece en escena un importante Poder del Estado –el judicial- supuestamente un espacio de razón y justica en donde se imponen argumentos legales para sancionar una materia controvertida. Se supone y se da por sentado que este Poder del Estado es imparcial y autónomo en sus determinaciones. Al parecer esto no es tan así.

La independencia e imparcialidad del Poder Judicial, una vez más, queda gravemente en entredicho al darse a conocer a la opinión pública que uno de los Magistrados integrantes de la Tercera Sala de la Sala de la Corte Suprema, Pedro Pierry, a lo menos debió inhabilitarse para ser juez del caso ya que, al parecer, y según el común entendimiento de la gente, es parte interesada en el tema. Se alega que el Magistrado Sr. Pierry debió inhabilitarse por la simple razón que, en una estricta y rigurosa definición mercantil, él es co-propietario de ENDESA, es accionista de la empresa al ser dueño de 109 mil acciones de la compañía valorizadas al día de hoy en unos 96 millones de pesos.  Si esto no es un conflicto de interés entonces el concepto debe ser revisado y reformulado. O, simplemente, lo que se vive hoy en Chile en estos temas es un gran aquelarre o un desvergonzado e interminable quilombo.


Es en estos momentos en que debería entrar a tallar la ética y los valores como instrumentos creadores de personas y, el actuar con ética y valores, es no sólo deseable sino que exigible en ciertas magistraturas. La pregunta es qué sucede cuando esa ética y estos valores son suplantados, por ejemplo, por intereses personales o corporativos?  Con este actuar se horadan gravemente la Fe pública y la sana convivencia se resiente al perder uno de los Poderes del estado su prestancia y respeto.

Otro tema a reflexionar es también lo falaz de la explicación que se dio por parte de un vocero de la Corte Suprema que, al cuestionarse el hecho de que uno de los magistrados que fallaría el caso era propietario de acciones de ENDESA (una de las partes en conflicto), respondió que el Sr. Magistrado había obtenido esas acciones a través del llamado “Capitalismo Popular” pagando esas acciones con recursos provenientes de su fondo de desahucio como funcionario público ¿?.

Recordemos que el “Capitalismo popular” fue una medida económica impulsada por la dictadura militar para privatizar empresas del Estado, entre ellas ENDESA (en sus tiempos Empresa Nacional de Electricidad S.A.) hoy en manos de particulares chilenos y españoles. (http://www.archivochile.com/Poder_Dominante/grem_empre/PDgremios0001.pdf). Lo falaz de la respuesta de la Ilustrísima Corte Suprema de Justicia de Chile se da porque la pregunta era por la posible inhabilidad del Magistrado Sr. Pierry y no por el modo cómo él había obtenido las acciones. Si yo compro un cuchillo para pelar papas y lo uso para asesinar a alguien y se me cuestiona por el uso del cuchillo para cometer el crimen no puedo ofrecer como argumento de defensa el modo como obtuve el arma. Se cuestiona el uso que doy y no su modo de adquisición.

Sin duda que casos como este van aportando con su granito de arena para la construcción de las bases sobre las que se sustenta el descontento de la sociedad chilena que ve como, sin tapujos, desembozadamente, sin ética y sin valores, los que ostentan el Poder lo usan a su regalado arbitrio y muchas –muchísimas veces- en su beneficio personal.